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Guía sobre las medidas para promover el acceso al empleo de personas con discapacidad

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    Guía sobre las medidas para promover el acceso al empleo de personas con discapacidad

    Guía sobre las medidas para promover el acceso al empleo de personas con discapacidad

    By Amica | Noticias | Comments are Closed | 9 junio, 2021 | 0

    El CERMI publica una guía sobre las medidas para promover el acceso al empleo de personas con discapacidad intelectual límite.

     

    El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha publicado una guía informativa en la que explica las medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite, es decir, aquellas que acrediten oficialmente, según los baremos vigentes de valoración de la situación de discapacidad, al menos un 20% de discapacidad intelectual y que no alcancen el 33%.

    El CERMI, a través de esta guía informativa, quiere que se conozcan los incentivos a la promoción del empleo para favorecer la inclusión laboral de personas con capacidad intelectual límite.

    El Gobierno de España reguló en el mes de mayo, mediante normas legales y reglamentarias, un marco de medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite y para la defensa del empleo, reactivación económica y bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social para la contratación de estas personas. De esta manera, se culminaba un proceso iniciado en 2011, que respondía a una propuesta del movimiento social de la discapacidad.

    El Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo tiene por objeto definir lo que, a los efectos laborales de acceder a las medidas de acción positiva previstas, debe entenderse como persona con capacidad intelectual límite utilizando los baremos de valoración de la situación de discapacidad vigente y establecer la relación concreta de medidas de acción positiva que mejor se adecúen al perfil personal y profesional del colectivo con el objetivo de promover su acceso al empleo y favorecer su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.

    Del mismo modo, mediante el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos, se reconoce a los empleadores una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social por la contratación indefinida de este colectivo.

    En la guía se explica que las medidas de acción positiva se dirigen exclusivamente a la promoción del empleo ordinario por cuenta ajena, no al empleo ordinario por cuenta propia (trabajadores autónomos), el protegido, ni tampoco el empleo público. De esta manera, el CERMI explica que las empresas que contraten por tiempo indefinido y en jornada completa a trabajadores con capacidad intelectual límite, tendrán derecho a una subvención de 2.000 euros. Además de poder solicitar subvenciones con cargo al SEPE destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal necesarios.

    Por otro lado, también se recoge en la normativa la modalidad del empleo con apoyo con un tiempo mínimo de atención para la persona de una doceava parte de su jornada y con una subvención establecida de 1.625 euros anuales.

    Además, las personas con capacidad intelectual límite podrán acogerse al contrato para la formación y el aprendizaje en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa. Estos contratos para la formación y el aprendizaje podrán ampliarse hasta un plazo máximo que no podrá exceder de cuatro años.

    En relación a las bonificaciones de la Seguridad Social se establece que, además de los incentivos y ayudas por contratación, se han previsto bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social que establece el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, en el que se añade un nuevo apartado que dictamina que los empleadores que contraten por tiempo indefinido a personas con capacidad intelectual límite tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

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