A pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria concluye que la revisión del Salario Mínimo Interprofesional anual no afectará a la cuantía de los salarios que viniesen percibiendo los trabajadores, el criterio de la Audiencia Nacional es absolutamente dispar, ya que determina que no pueden considerarse los complementos como conceptos ajenos al Salario Mínimo Interprofesional.
La sentencia dictada por la Audiencia Nacional no es aún firme, por lo que el Tribunal Supremo aún se tiene que pronunciar sobre la correcta aplicación del Salario Mínimo Interprofesional. Se trata, en suma, de un debate jurídico a nivel nacional que aún no se ha resuelto definitivamente.
Amica considera fundamental la interpretación del Alto Tribunal en relación a la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional, ya que no solamente en la Audiencia Nacional, sino también en otros Tribunales de Justicia, como por ejemplo el TSJ de Cataluña, se ha interpretado de forma distinta al TSJ de Cantabria. Estamos pues ante una controversia jurídica que hace necesaria la interpretación del Tribunal Supremo, y dar unidad y claridad de cómo deben de proceder las entidades cuyos convenios tienen salarios base inferiores a la percepción mínima que establece el Gobierno de España, que este momento es de 965 euros. Centenares de convenios colectivos, tienen salarios base inferiores a esa cantidad, incluso de la Administración Pública.
Así se ha pronunciado también la Asociación Empresarial de Centros Especiales de Empleo (AECEMCO), que recientemente ha pedido al Tribunal Supremo que “unifique doctrina sobre cómo interpretar la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)” Ya que, afirma AECEMCO, “Actualmente existe un debate jurídico a nivel nacional por falta de unificación en la interpretación del SMI que se está materializando en sentencias contradictorias de diferentes tribunales que impiden saber cómo proceder a las entidades que se rigen por convenios colectivos con salarios base inferiores a la percepción mínima que establece el Gobierno de España.
La cuestión a aclarar en el Tribunal Supremo es si se mantienen las tablas salariales acordadas con las centrales sindicales en el convenio colectivo nacional de centros de atención a personas con discapacidad y aprobadas por la autoridad laboral, que parte de salarios base inferiores a los que el Gobierno ha
establecido en los diferentes decretos sobre el SMI. Amica ha aplicado los complementos necesarios para alcanzar esa cantidad cada año para todos los trabajadores, y ha aplicado las subvenciones recibidas al pago de los salarios de los trabajadores. De hecho justifica al Gobierno de Cantabria el pago de nóminas y Seguridad Social realizada mensualmente, y se auditan las cuentas de Amica y sus centros especiales de empleo cada año. “Poner en duda de que no se dedican las subvenciones al pago de los salarios resulta perverso, incluso difamador. Solo puede decirlo quien sin fundamento busca desprestigiar la imagen de la entidad y de las personas que dedicamos desinteresadamente nuestro tiempo a impulsar este gran proyecto social”, afirman los familiares que administran la Amica.
La mayor preocupación de Amica es cómo se puede hacer sostenible los puestos de trabajo de las personas más vulnerables, con el nivel de precios que se paga en las actividades que se realizan de confección, lavado, reciclados… Están en grave riesgo el futuro de muchos centros especiales de empleo, y los puestos de muchas personas cuyo empleo ha costado años de esfuerzo crear. De hecho el día 17 de noviembre Amica dejará lamentablemente de prestar los servicios de lavado a los Centros de Atención a la Dependencia del Servicio Cántabro de Servicios Sociales que se inició en 1992, porque el nuevo concurso mantiene los mismos precios que en 2016, produciendo la actividad cuantiosas pérdidas
los últimos años, que han impedido poder presentar oferta, y perdiéndose con ello 14 empleos.
“Se trata no solo de afrontar unos supuestos atrasos muy difíciles de asumir, que en ningún caso recibiremos ayudas públicas para ello, sino de cómo vamos a poder mantener el empleo de tantas personas, casi 500, con la ruptura de la tablas salariales del Convenio Colectivo que el sindicato demandante intenta imponernos, creando una inquietante inseguridad a las entidades sociales y
muchas pequeñas empresas”, ha afirmado la presidenta de Amica, Mercedes del Hoyo.
Amica acatará, como es lógico en un estado de derecho, las sentencias que los tribunales de justicia dictaminen, y se mantendrá en la defensa del derecho al trabajo de las personas con discapacidad, emprendiendo, y manteniendo en la medida de sus posibilidades los puestos de trabajo, a pesar de las enormes y crecientes dificultades que se plantean.


