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Se cumplen 10 años del reconocimiento legal de la lengua de signos en España

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    Ley signos

    Se cumplen 10 años del reconocimiento legal de la lengua de signos en España

    By Amica | Noticias | 1 comment | 24 octubre, 2017 | 0
    • La Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) reclama el desarrollo e implementación de la Ley 27/2007 para garantizar los derechos de las personas sordas y sordociegas

    Fuente: CNSE

    El 23 de octubre se cumplen 10 años de la aprobación de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Una ley largamente reivindicada por el movimiento asociativo de personas sordas en España donde, por primera vez, se reconocían la lengua de signos española y la lengua de signos catalana, garantizándose con ello la libertad para aprenderlas y utilizarlas.

    Gracias a esta ley, a partir de 2011 comenzó a funcionar el Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española, un centro de titularidad pública que es referente en el ámbito estatal para todo lo relativo a esta lengua, y que además de propiciar congresos y seminarios, ha elaborado numerosos informes sobre el estatus de la lengua de signos española en nuestro país, los perfiles profesionales vinculados a la misma, la presencia de esta lengua en la televisión, así como otras recomendaciones dirigidas a velar por su buen uso. En cuanto a visibilidad y difusión, destacar el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 2014, por el quedó establecido el día 14 de junio como Día Nacional de las Lenguas de Signos Españolas.

    La Ley 27/2007, en tanto que normativa básica estatal, propició que en 2010 Cataluña aprobara su propia ley de la lengua de signos catalana y que posteriormente, en 2011, lo hiciera Andalucía. Cabe mencionar otras normas estatales que se han ido creando y que, siguiendo lo estipulado en la ley 27/2007, han incluido la lengua de signos entre sus medidas. Tal es el caso de la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2010, que establece la obligación de contar con programación en lengua de signos tanto en los canales públicos como privados. También el Real Decreto 422/2011 por el cual los poderes públicos tienen la obligación de facilitar intérpretes de lengua de signos a las personas sordas y sordociegas usuarias de esta lengua para garantizar su participación en la vida política y en los procesos electorales, y  la obligación de todas las instituciones que intervienen en el proceso penal a facilitar la comunicación en lengua de signos en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 5/2015. A su vez, en el Estatuto de la víctima del delito de 2015 se contempla el derecho básico de las personas sordas y sordociegas a entender y ser entendidas en lengua de signos así como el derecho a la interpretación y la traducción.

    En el ámbito educativo, la Ley 27/2007 impulsó que el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, contemplara que las Administraciones educativas, y en su caso los centros, puedan ofrecer asignaturas relacionadas con el aprendizaje de la lengua de signos española y la lengua de signos catalana en Primaria, y que en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, especifique lo propio en las etapas de ESO y Bachillerato. Estas fueron medidas aplaudidas por la CNSE, ya que suponían la inclusión de estas lenguas en la oferta educativa. Si bien, la disparidad de funcionamiento entre las distintas comunidades autónomas deja patente que, sin duda, el ámbito educativo es uno de los que precisan de regulación con mayor urgencia. Desde la entidad se recuerda que sigue pendiente que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elabore un Real Decreto que establezca unos mínimos sobre la inclusión de la lengua de signos española en el sistema educativo.

    Por otro lado, la CNSE quiere llamar la atención sobre los 400 profesionales sordos o sordociegos que son especialistas en lengua de signos española y catalana, y que se aborde con celeridad su reconocimiento y regulación con el fin de garantizar el aprendizaje y buen uso de la lengua.

     Para la CNSE, el cumplimiento y desarrollo de la Ley 27/2007, además de prioritario, debe ser igualitario en todo el territorio español, de manera que todas las personas sordas tengan acceso al ejercicio pleno de sus derechos independientemente del lugar donde vivan. “Aunque se trate de una regulación mediante ley estatal, las Comunidades Autónomas pueden y deben regular de manera más concreta la forma en que van aplicar esta norma en su territorio, y facilitar el ejercicio de los derechos de las personas sordas. Tanto a nivel estatal como autonómico, es necesario crear normas y actos de aplicación específicos que aseguren su cumplimiento” añade Concha Díaz, presidenta de la entidad.

    Tras 10 años de vigencia de esta ley, ha sido este año cuando el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha comenzado a elaborar el Reglamento que desarrolle la Ley 27/2007 en su totalidad, creando un grupo de trabajo en el que participa la CNSE junto a otras entidades del sector. “Nuestro interés es que se trate de una norma práctica y útil, que contribuya tanto a mejorar las condiciones de accesibilidad a la información y a la comunicación de las personas sordas y sordociegas como a proteger y promocionar la lengua de signos en tanto que idioma y lengua de cultura, sirviendo de modelo para todos los territorios, y contemplando una dotación económica que garantice llevar a cabo todas las medidas que se establezcan” explica Concha Díaz.

    Si bien los avances en materia de normalización de la lengua de signos han contribuido a su progreso social y lingüístico, la presidenta de la CNSE asegura que “es necesario que los gobiernos den apoyo efectivo a estas políticas, con presupuestos suficientes, y materialicen las reivindicaciones a favor de la lengua en medidas concretas. No podemos conformarnos con meros reconocimientos simbólicos”.

    Asimismo, la CNSE recuerda que hay siete estatutos de autonomía que recogen la lengua de signos en sus textos, y sostiene que ante una posible reforma de la Constitución Española, deberían quedar recogidas la lengua de signos española y catalana en las mismas condiciones que el resto de lenguas del Estado,  así como su reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial.

    No tags.
    • esmorzar a domicili 8 diciembre, 2017 at 12:22 am

      Excelente redacción, buen trabajo, gracias!

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